El Pleno rechazó por unanimidad tres amparos empresariales y determinó que la protección del derecho a la salud permite regular la venta de alimentos y bebidas en todos los niveles educativos, incluidas las universidades.
Redacción
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó las restricciones a la venta de comida chatarra en los planteles educativos de todos los niveles, incluidas las universidades, al negar por unanimidad tres amparos promovidos por empresas que cuestionaron los lineamientos sobre alimentación saludable.
La resolución, aprobada el martes 13 de octubre de 2026, respaldó las facultades del Estado mexicano para proteger el derecho a la salud y promover una alimentación adecuada dentro de los centros educativos.
Entre los argumentos de las empresas se encontraba el cuestionamiento a la aplicación de estas medidas en las universidades, donde los estudiantes son mayores de edad y, según su postura, deberían tener libertad para decidir qué consumir.
El Pleno determinó que la mayoría de edad de los universitarios no impide que las autoridades regulen la comercialización de alimentos y bebidas dentro de las instituciones educativas.
Uno de los asuntos correspondió a Eric Kayser México, vinculada a la cadena francesa de panaderías Maison Kayser, cuyo amparo fue rechazado en un proyecto presentado por la ministra María Estela Ríos González.
Los otros casos involucraron a Mega Vending de México y Compañía Embotelladora del Fuerte.
La decisión respalda los lineamientos publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2024, que establecen restricciones a la preparación, distribución y venta de alimentos y bebidas que no cumplen con los criterios nutricionales previstos para los planteles educativos.
La resolución no implica una prohibición general de comprar o consumir esos productos fuera de las escuelas, sino que confirma las restricciones aplicables a su comercialización dentro de los centros educativos.









