La rapiña genera afectaciones para los operadores, empresas transportistas, propietarios de los productos y quienes dependen económicamente de esta actividad
Redacción
Con el objetivo de fortalecer el marco jurídico estatal y establecer reglas específicas para sancionar el apoderamiento de bienes durante situaciones de emergencia, accidentes o vulnerabilidad, diputados presentaron ante el Congreso del Estado de Hidalgo una iniciativa para incorporar la rapiña como un delito autónomo en el Código Penal estatal.
Durante la exposición, la legisladora Diana Rangel Zúñiga, del grupo legislativo de Morena, señaló que la rapiña no solamente genera pérdidas económicas, sino que ocurre en contextos en los que las personas se encuentran imposibilitadas para proteger adecuadamente su patrimonio, como accidentes de transporte, incendios, inundaciones, derrumbes, evacuaciones o situaciones de desorden público.
Como antecedente, destacó que en abril de 2025 la Alianza Mexicana de Organizaciones de Transportistas (AMOTAC), delegación Hidalgo, estimó pérdidas anuales superiores a 10 millones de pesos por la rapiña de mercancías, principalmente en la carretera Arco Norte, a la altura de la región Tula-Tepeji.
De acuerdo con la diputada, después de accidentes de transporte pesado algunas personas acuden a las unidades siniestradas para sustraer mercancías, situación que genera afectaciones para los operadores, empresas transportistas, propietarios de los productos y quienes dependen económicamente de esta actividad.
El planteamiento contempla considerar como rapiña el apoderamiento de una cosa mueble ajena, sin consentimiento de quien legalmente pueda disponer de ella, cuando se aprovechen circunstancias como:
Incendios, explosiones, derrumbes, deslaves, sismos, inundaciones, crecientes o desbordamientos de ríos, canales y presas.
Accidentes terrestres, aéreos, ferroviarios, fluviales o viales.
Situaciones de desorden público, disturbios, evacuaciones, emergencias colectivas, riesgo o vulnerabilidad de las personas afectadas.
Circunstancias en las que los bienes pertenezcan a personas heridas, fallecidas, desaparecidas, evacuadas o imposibilitadas para resguardar su patrimonio.
Punibilidad
Asimismo, la propuesta contempla duplicar la punibilidad cuando en la comisión de estos hechos participe una persona servidora pública, integrante de una corporación policial o agente de seguridad privada que se aproveche de sus funciones.
La misma medida se plantea cuando la conducta afecte a niñas, niños, adolescentes, personas adultas mayores o personas con discapacidad, así como cuando los bienes sustraídos sean indispensables para atender una emergencia o garantizar el auxilio, rescate, salud, alimentación, vivienda o subsistencia de las personas afectadas.
Durante la presentación de la iniciativa, la congresista destacó que establecer una figura penal específica permitiría describir de manera expresa los elementos que caracterizan estas conductas y diferenciar jurídicamente los casos en los que el apoderamiento ocurre aprovechando una desgracia, accidente o emergencia.
La propuesta parte de que las afectaciones derivadas de la rapiña pueden trascender el valor de la mercancía, al generar consecuencias para las personas lesionadas, operadores de transporte, empresas, propietarios de bienes y quienes participan en las labores de auxilio y atención de emergencias.
En la iniciativa también participan las y los diputados Alma Rosa Elías Paso, Hilda Miranda Miranda, Lizbeth Iraís Ordaz Islas, Paloma Barragán Santos, Andrés Velázquez Vázquez, Arturo Gómez Canales, Juan Pablo Escalante Urbán, Miguel Ángel Moreno Zamora (Morena), Jorge Argüelles Salazar y José María Alejandro Pérez Ramírez (Nueva Alianza).