La medida cautelar separó de un día para otro a tres niñas de 6, 13 y 15 años del progenitor con quien convivían bajo protección judicial; la defensa advierte que la resolución contraviene un amparo vigente y que la acusación por supuesta violencia vicaria carece de hechos concretos que la sustenten
Redacción
PACHUCA, Hidalgo, lunes 7 de septiembre de 2026.— Un padre de tres niñas se encuentra en prisión preventiva por una acusación de supuesta violencia vicaria, tras la decisión de la jueza de control Areli Sánchez Lazcano, quien decretó la medida cautelar ignorando una suspensión federal dictada precisamente para proteger su libertad personal. La resolución, además de cuestionada jurídicamente, separó de un día para otro a las tres menores del progenitor con quien han vivido durante años bajo protección judicial.
El antecedente que agrava el caso
La permanencia de las niñas con su padre no era una situación irregular. Desde 2023 se emitieron medidas de protección y suspensiones federales en el marco de un conflicto familiar, y el 16 de junio de 2023 una autoridad familiar otorgó a Juan, el padre, la guarda provisional de sus hijas. El 15 de julio de 2026, dentro del procedimiento familiar y en cumplimiento de una suspensión federal, se ordenó conservar la situación existente, es decir, que las tres menores continuaran con su padre.
De acuerdo con documentos de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Sistema Nacional DIF, las niñas habían denunciado violencia física y psicológica por parte de su madre, a quien se identifica como Carolina, y relataron que hace tres años —con apoyo de su padre— salieron del domicilio y obtuvieron una orden de restricción en su contra.
La petición a la Presidencia y su canalización
La gravedad del caso escaló a instancias federales. Un escrito dirigido por Abraham Mendoza Zenteno, Titular de la Delegación Estatal de Programas para el Desarrollo en Hidalgo, a la Presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, expuso la situación de las tres menores, de 6, 13 y 15 años, quienes —según el reporte— son obligadas a convivir con su madre a pesar de haber denunciado violencia y de existir una orden de restricción vigente. Esta petición fue registrada con el número de gestión SACP20260130000001793 por la Dirección General de Atención Ciudadana de la Presidencia de la República.
El caso fue turnado al Sistema Nacional DIF, donde quedó registrado en el Sistema de Atención Ciudadana con el folio P00112/26. El 12 de febrero de 2026, el Departamento de Atención a la Ciudadanía del DIF respondió formalmente a Abraham Mendoza, confirmando que su petición había sido turnada a la Dirección General de Representación Jurídica y Restitución de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Procuraduría Federal.
Posteriormente, el 3 de marzo de 2026, la Subdirectora de Supervisión de Protocolos de Atención de Niñas, Niños y Adolescentes de la Procuraduría Federal, Alma Elizabeth Salvatierra García, emitió el oficio 256.301.00/136/2026 dirigido a la Procuraduría de Protección de Hidalgo, solicitando colaboración para garantizar los derechos de las menores, priorizar su derecho a la participación y reconocerles sus derechos como víctimas de delito, conforme a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
La acusación y sus vacíos
La Fiscalía imputa al padre el supuesto delito de violencia vicaria, tipificado en Hidalgo con penas de uno a seis años de prisión, sosteniendo que entre el 26 de abril de 2023 y el 12 de diciembre de 2025 influyó en sus hijas para que rechazaran a su madre y, usándolas como instrumento, buscó dañarla.
Sin embargo, el expediente presenta vacíos que la defensa considera insalvables:
- El rechazo precede a la conducta imputada. El rechazo de las niñas hacia su madre ya estaba documentado desde el 25 de abril de 2023, un día antes del inicio del periodo que la propia Fiscalía atribuye al padre.
- No se describe una conducta concreta. La acusación no precisa qué dijo o hizo el padre, cómo manipuló a las menores, cuándo ocurrió ni qué efecto produjo en cada una de ellas.
- Un periodo de más de dos años se sostiene únicamente con la afirmación de que «influyó en las niñas», sin identificar los hechos ocurridos dentro de ese lapso.
- Criterios dispares. En un procedimiento seguido contra la madre, el juez Anim Ope Islas resolvió no vincularla a proceso por la falta de precisión en las fechas de los hechos relatados por las mismas niñas. Ahora, contra el padre, se sostiene una imputación mucho más amplia y general.
- La madre quiere que usen fajas. Las niñas han relatado sus propias experiencias con su madre —amenazas, episodios de violencia, expresiones suicidas y un hecho relacionado con la intención de la madre de que las menores usen fajas, todo para que muestren cinturas más esbeltas, como si fueran mujeres adultas—, por lo que su rechazo podría derivar de lo vivido y no de una manipulación paterna.
- Video. Se destaca en este caso que las niñas han expresado a través de un video en redes sociales sus experiencias negativas con su madre y su deseo de no estar con ella, «porque nos obliga a permanecer con ella y nos violenta».
La prisión, el punto más grave
El dato central es que antes de la privación de la libertad existía una suspensión federal destinada a proteger la libertad personal del padre. Pese a ello, la jueza Sánchez Lazcano le impuso prisión preventiva.
Cabe recordar que el actuar de esta misma juzgadora ya había generado polémica en Hidalgo: en octubre de 2025 liberó de oficio y sin audiencia a un exfuncionario de Mineral de la Reforma con base en una suspensión de amparo, decisión que abogados consultados consideraron improcedente porque las suspensiones federales no deben aplicarse a actos futuros.
El impacto en las niñas
La prisión no afecta solo al padre. Sus tres hijas perdieron de forma abrupta al progenitor con quien convivían bajo resoluciones judiciales. Las menores llevan años intentando ser escuchadas: tuvieron contacto con la magistrada Rebeca Aladro, fueron recibidas por Isabel Sepúlveda, acudieron a las Jornadas por la Paz —donde no se les permitió intervenir por ser menores de edad— y finalmente promovieron un juicio de amparo para exigir que su opinión fuera tomada en cuenta.
Lo que se pide
La defensa no solicita cancelar el proceso. Su planteamiento es que, si la Fiscalía tiene pruebas de que el padre manipuló a sus hijas para dañar a la madre, debe presentarlas. Lo que no resulta razonable, sostienen, es mantenerlo en prisión mientras la acusación no responde preguntas elementales: qué hizo exactamente, cuándo, cómo afectó psicológicamente a sus hijas y qué prueba existe de que actuó con la intención de usarlas para dañar a su madre.
Mientras se resuelve, el padre podría enfrentar el proceso bajo otras medidas cautelares. La prisión preventiva, advierten, no debe convertirse en un castigo anticipado ni en el mecanismo que, antes de demostrar la acusación, separe también a tres niñas del padre con quien han vivido durante años.









